¿Se puede eliminar una condena penal en Nueva York?
Si tiene una condena penal en su historial y reside en Nueva York, probablemente se ha preguntado: ¿se puede eliminar una condena penal en Nueva York? (Can a criminal conviction be expunged in New York). La respuesta depende del tipo de condena, el tiempo transcurrido y si califica bajo las leyes de sellado de antecedentes penales del estado. Nueva York no utiliza el término tradicional de “expungement” (eliminación) para la mayoría de las condenas de adultos; en su lugar, ofrece el sellado condicional de antecedentes penales bajo el Criminal Procedure Law (CPL) § 160.59. Esto significa que, aunque el registro no desaparece por completo, se oculta del acceso público y de la mayoría de las verificaciones de antecedentes. El bufete Law Offices Of SRIS, P.C. asesora a personas en todos los condados de Nueva York —desde los distritos de la Ciudad de Nueva York hasta Long Island, el Valle de Hudson y el Distrito Capital— sobre sus opciones para limpiar su historial penal. Puede llamar al (888) 437-7747 para solicitar una consulta y determinar si califica para el sellado de su condena penal en Nueva York. Law Offices Of SRIS, P.C. – Advocacy Without Borders.
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ToggleEl sellado de antecedentes penales en Nueva York: lo que significa para usted
Nueva York adoptó el sellado condicional bajo el CPL § 160.59 en 2017, permitiendo que personas con hasta dos condenas penales elegibles soliciten al tribunal que selle esos registros después de un período de espera de diez años. A diferencia de otros estados, Nueva York no ofrece un verdadero “expungement” para condenas penales de adultos, salvo en circunstancias muy limitadas, como ciertos delitos relacionados con marihuana bajo la Marijuana Regulation and Taxation Act (MRTA). El sellado significa que los registros de la condena se ocultan de la vista del público en general y de la mayoría de los empleadores, aunque las agencias de orden público y algunas entidades gubernamentales aún pueden acceder a ellos.
En la Ciudad de Nueva York —abarcando los condados de New York (Manhattan), Kings (Brooklyn), Queens, Richmond (Staten Island) y Bronx— los tribunales penales manejan los delitos menores (misdemeanors) mientras que la New York Supreme Court, Criminal Term atiende los delitos graves (felonies). Cada condado mantiene procedimientos locales para las solicitudes de sellado, y contar con representación legal que conozca las prácticas de cada tribunal puede marcar una diferencia significativa. En Long Island, los condados de Nassau y Suffolk procesan estas solicitudes a través de sus respectivos tribunales de distrito y la Supreme Court del condado. En el Valle de Hudson —Westchester, Rockland, Putnam, Dutchess, Orange y Ulster— y el Distrito Capital —Albany, Saratoga y otros— los tribunales supremos de cada condado son competentes para resolver las mociones de sellado bajo el CPL § 160.59.
Cómo Law Offices Of SRIS, P.C. aborda los casos de sellado de antecedentes penales en Nueva York
El bufete evalúa cada caso de manera individual para determinar si se cumplen los requisitos del CPL § 160.59. El proceso comienza con una revisión detallada de su historial penal —incluyendo el tipo de condena, la fecha de la sentencia y si ha cumplido con todos los términos impuestos por el tribunal— para confirmar que ha transcurrido el período de espera de diez años y que no existen condenas pendientes o inelegibles que puedan bloquear la solicitud. Law Offices Of SRIS, P.C. prepara y presenta la moción de sellado ante el tribunal correspondiente, adjuntando la documentación requerida y argumentando por qué el sellado serviría a los intereses de la justicia.
El bufete también ha manejado casos que califican para formas adicionales de alivio, como el Adjournment in Contemplation of Dismissal (ACD), que resulta en el sellado automático de ciertos cargos después de un período de seis a doce meses sin nuevos arrestos. Para delitos relacionados con marihuana que han sido despenalizados o legalizados bajo la MRTA, existen vías de sellado ampliadas. El Sr. Sris supervisa la estrategia del bufete en todos los asuntos penales, incluyendo las solicitudes de sellado, apoyándose en un equipo de Of Counsel con amplia experiencia en los tribunales de Nueva York. Firm-wide, el bufete ha documentado experiencia comprobada de casos con resultados favorables en más del 93% de ellos. Los resultados varían; resultados anteriores no garantizan un resultado similar.
Sobre el Sr. Sris y los Of Counsel del bufete
Mr. Sris, Propietario y Fundador de Law Offices Of SRIS, P.C., fundó el bufete en 1997. Ex fiscal con experiencia en litigio penal, está admitido en Virginia, Maryland, el Distrito de Columbia, Nueva Jersey y Nueva York. Su experiencia abarca la defensa penal a nivel estatal y federal, incluyendo delitos graves (felonies) y delitos menores (misdemeanors). El Sr. Sris supervisa la estrategia de cada asunto que maneja el bufete y mantiene un volumen reducido de casos personales para asegurar una atención detallada a cada cliente. Los Of Counsel del bufete —abogados externos contratados a través de la firma— aportan décadas adicionales de experiencia en los tribunales penales de Nueva York. En conjunto, el Sr. Sris y los Of Counsel del bufete reúnen más de 120 años de experiencia legal combinada.
Preguntas Frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre eliminar (expungement) y sellar (sealing) un antecedente penal en Nueva York?
En Nueva York, el “expungement” —la destrucción física o eliminación total de un registro penal— está disponible solo en situaciones muy limitadas, como ciertos casos que terminaron con una absolución o un despido total. Para condenas penales de adultos, Nueva York ofrece el sellado condicional bajo el CPL § 160.59, que oculta el registro del acceso público pero no lo destruye. Las agencias de orden público y algunas entidades gubernamentales aún pueden acceder a los registros sellados. El resultado práctico para la mayoría de las personas es que los empleadores privados, arrendadores y el público en general no verán la condena en una verificación de antecedentes estándar. Para orientación sobre su situación específica, comuníquese con Law Offices Of SRIS, P.C. al (888) 437-7747.
¿Qué condenas penales se pueden sellar en Nueva York bajo el CPL § 160.59?
Bajo el CPL § 160.59, una persona puede solicitar el sellado de hasta dos condenas penales elegibles, siempre que no incluya más de un delito grave (felony). Las condenas inelegibles incluyen delitos sexuales que requieren registro como ofensor sexual, delitos graves de Clase A (como asesinato), delitos violentos graves y ciertos delitos relacionados con la seguridad pública. Los delitos menores (misdemeanors) y los delitos graves de clases menores (como Clase E o Clase D) suelen ser elegibles si la persona no tiene más de dos condenas en total y ha cumplido el período de espera de diez años. Los cargos que resultaron en un ACD (Adjournment in Contemplation of Dismissal) se sellan automáticamente después del período de aplazamiento, sin necesidad de presentar una moción. Para discutir los detalles de su asunto, contacte a Law Offices Of SRIS, P.C. al (888) 437-7747.
¿Cuánto tiempo debo esperar para solicitar el sellado de una condena penal en Nueva York?
El CPL § 160.59 exige un período de espera de diez años, contado desde la fecha de la sentencia o desde la fecha de liberación de la custodia, lo que ocurra más tarde. Durante esos diez años, la persona no debe haber sido condenada por ningún nuevo delito. Además, debe haber cumplido con todos los términos de la sentencia original, incluyendo el pago de multas, la libertad condicional o la libertad supervisada. Si han transcurrido diez años sin nuevas condenas y todos los requisitos de la sentencia están satisfechos, el tribunal evaluará la moción de sellado considerando factores como el interés de la justicia y el impacto del sellado en la seguridad pública. Para una consulta, comuníquese con el Sr. Sris y los Of Counsel del bufete al (888) 437-7747.
¿Qué sucede con los delitos de marihuana en Nueva York después de la legalización?
La Marijuana Regulation and Taxation Act (MRTA) legalizó la posesión de hasta tres onzas de marihuana para adultos mayores de 21 años en Nueva York. Además, la ley dispuso la eliminación o el sellado automático de muchas condenas previas por posesión de marihuana que ya no constituyen delito bajo la nueva ley. Muchas personas con antecedentes por pequeñas cantidades de marihuana pueden calificar para un alivio más amplio que el disponible bajo el CPL § 160.59, y en algunos casos el registro puede ser eliminado sin necesidad de presentar una moción. La elegibilidad para este alivio automático depende del código penal específico bajo el cual se produjo la condena. Para orientación sobre su situación específica, comuníquese con Law Offices Of SRIS, P.C. al (888) 437-7747.
¿Puedo obtener el sellado de un antecedente penal en Nueva York si tengo condenas en otros estados?
El CPL § 160.59 aplica únicamente a condenas dictadas por tribunales del estado de Nueva York. Si tiene condenas en otros estados o a nivel federal, esas condenas no pueden sellarse a través de este procedimiento estatal. Sin embargo, el tribunal de Nueva York considerará su historial completo al evaluar si el sellado de la condena neoyorquina favorece los intereses de la justicia. Si tiene condenas en múltiples jurisdicciones, es recomendable buscar asesoría legal para entender cómo cada condena afecta sus opciones y si puede solicitar alivio en cada jurisdicción por separado. Para orientación sobre su situación específica, comuníquese con Law Offices Of SRIS, P.C. al (888) 437-7747.
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Law Offices Of SRIS, P.C. atiende a clientes en los 50 condados de Nueva York, incluyendo los distritos de la Ciudad de Nueva York, Long Island, el Valle de Hudson, el Distrito Capital y el Oeste de Nueva York. Nuestra ubicación principal en Nueva York está en 50 Fountain Plaza, Suite 1400, Office No. 142, Buffalo, NY 14202. Las consultas se programan con cita previa. Llame al (888) 437-7747 para solicitar una consulta telefónica o para programar una cita presencial en nuestra ubicación de Nueva York.
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Contenido revisado por Mr. Sris (admitido en Virginia, Maryland, Distrito de Columbia, Nueva Jersey y Nueva York).
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